Preguntas frecuentes
P: ¿Qué sucede si no tengo beneficios de Medicaid o Medicare?
R: R: Usted debe cumplir determinados criterios para recibir beneficios de Medicaid y Medicare. Tenemos especialistas en Medicaid y Medicare que le ayudarán a calificar para los beneficios.
P: ¿Qué áreas cubren con sus servicios?
R: Prestamos servicios en Bronx, Brooklyn, Manhattan, Queens, Staten Island y Westchester, Nassau.
P: ¿Por dónde comienzo?
R: Llame al (212) 560-9218 para hablar con el departamento de Marketing, y nuestros asesores profesionales le ayudarán a aplicar y recibir servicios para los que califique.
P: ¿Qué debo hacer si deseo cambiar mi servicio actual por el de su agencia?
R: Por favor, llame de inmediato a nuestros representantes de servicio al cliente. Ellos le informarán qué hacer y le ayudarán durante todo el proceso para prevenir cualquier interrupción en su servicio.
P: ¿Cómo se paga por los servicios?
R: Nuestros asesores de servicio al cliente tienen vastos conocimientos y experiencia para ayudarle a descubrir las mejores opciones de pago. Trabajamos con varios seguros y otras agencias de la ciudad para brindar servicios de atención domiciliaria a través de sus beneficios Medicaid y Medicare. También aceptamos pólizas de seguro a largo plazo, seguro sin culpa y pagos particulares. También se puede arreglar un plan de pago flexible. Por favor, contacte a nuestros representantes de servicio al cliente de inmediato al (212) 560-9218.
P: ¿Qué ofrecemos?
R: Enfermeras registradas, enfermeras con licencia, asistentes para servicios de atención de la salud en el hogar (HHA), asistentes para atención personal (PCA), empleadas domesticas, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, terapeutas del habla y lenguaje, trabajadores sociales médicos.
P: ¿Para qué beneficio del estado soy elegible?
R: Podemos dar información a nuestros miembros con respecto a qué programa del estado pueden resultar elegibles. Podemos ayudar a nuestros miembros a guiarlos en el sitio de internet ACCESS NYC para hallar el programa que pueden resultar elegibles.
P: ¿Qué puede hacer por mí el programa CDPAP (Programa de Asistencia Personal Dirigida por el Consumidor)?
R: El CDPAP favorece su independencia y libertad permitiéndole contratar al cuidador que usted elija. El cuidador puede ser un familiar, amigo o vecino, permitiéndole disfrutar del confort y la tranquilidad que le da el saber que está en manos de alguien de confianza. El CDPAP también implica horarios flexibles que se adaptan a sus necesidades y una estructura de nómina semanal formal para sus cuidadores.
P: ¿Qué tipo de servicios se incluyen en el CDPAP?
R: El cuidador del CDPAP puede brindarle los mismos servicios que un asistente de atención personal (PCA), asistente de servicios de salud en el hogar (HHA) y enfermera.
P: ¿Cómo puedo saber si yo o un ser querido calificamos para el programa?
R: Para calificar para el programa CDPAP, usted debe ser elegible para servicios del Estado de Nueva York. También deberá contar con una Orden Médica y un representante designado para dirigir su atención. Si no está seguro/a de ser elegible, contáctese con Xincon llamando al 212-560-9218 o en línea.
P: ¿Quién puede brindar atención bajo el programa CDPAP?
R: Las únicas personas que no califican para brindar atención bajo el programa CDPAP son sus padres, cónyuge o su representante cuidador designado pre-existente. Cualquier otro familiar o amigo puede ser su asistente personal.
P: ¿Cuáles son los requisitos para convertirse en un asistente personal del CDPAP?
R: Solo se requieren dos requisitos para convertirse en un asistente personal en el programa CDPAP.
- La persona debe tener autorización para trabajar en EE.UU.
- La persona debe cumplir con los estándares de salud obligatorios del Estado
Tenga en cuenta que NO se requiere un certificado de HHA/PCA para brindar atención bajo el programa CDPAP.
P: ¿Cuál es la función de Xincon como Intermediario Fiscal (IF) al contratar a alguien a través del programa CDPAP?
R: Bajo las regulaciones de Medicaid del Estado, el reembolso para la atención dirigida por el consumidor deberá disponerse a través de un intermediario fiscal (IF) reconocido. La función principal del IF es procesar los salarios, impuestos, beneficios, requisitos del seguro de responsabilidad, etc. del asistente personal. El IF también está a cargo de llevar registros, las comunicaciones y la educación del consumidor.